Cómo sé si en mi edificio se puede poner ascensor?
Son muchos los aspectos que influyen en la viabilidad de un proyecto, así que la mejor manera de reponder a esta pregunta es ponerse en contacto con nosotros (o rellenar el formulario que
encontrará en la sección “Contacto” y un técnico irá a su comunidad de propietarios cuando a usted le venga bien para tomar medidas, hacer un boceto y un presupuesto del posible proyecto, todo sin
ningún compromiso por su parte.
Cuánto puede durar la obra e instalación?
Una vez obtenida la licencia, se comienzan los trabajos en una semana y, en dos meses, el ascensor esta totalmente legalizado y puesto en marcha. Nosotros nos encargamos de coordinar todo el
proyecto para que se sufran las menores molestias posibles y teniendo un celo escrupuloso en todo lo concerniente a la seguridad.
Cuál es la mecanica de actuación?
Si las 3/5 partes de los copropietarios deciden y acuerdan en junta extraordinaria que ya es hora de poner ascensor al edificio, Elite Rehabilitaciones se compromete contractualmente, a llevar
a cabo el proyecto de forma impecable para la satisfacción de todos los vecinos.
Cuál es la forma de pago?
En la firma del contrato, la comunidad de propietarios se compromete a pagar por certificaciones mensuales, claras y detalladas en función del avance la obra. El único pago que se hace de forma
anticipada es el proyecto y replanteo de la obra, así como la provisión de fondos para solicitud de permisos y licencias cuyo importe corresponde al 10% del presupuesto total.
Me gestionan la financiación para mi comunidad?
Sí, simplemente solicitándolo al pedir el presupuesto a Elite Rehabilitaciones, nosotros gestionaremos una financiación ICO con nuestras entidades colaboradoras. Esta financiación puede tener
plazos de hasta 20 años y carencias de hasta 3 años, dependiendo de la cantidad a financiar y cubriendo hasta el 100% de la inversión, incluído el IVA.
Me pueden tramitar la subvención ante la Consejeria de Vivienda?
Sí, nosotros nos encargamos de todo una vez se haya firmado el contrato y hayamos elaborado el proyecto de instalación en su comunidad, siempre y cuando se cumplan los requisitos para la
presentación de dicha solicitud por parte de la comunidad de propietarios.